En febrero de 2014, el Tribunal Supremo resolvió que los bebés fruto de vientre de alquiler no pueden ser inscritos en el Registro Civil porque eso supondría burlar por la vía de los hechos la ley de 2006. Esta ley no permite en España la gestación subrogada, en la que el hijo es fruto del óvulo de otra mujer previamente fertilizada, implantado en el útero de...
Suscribete para leer la noticia completa:

